¿Cómo se constituye una Cooperativa?
El proceso organizativo de una cooperativa comienza cuando existe un grupo de personas que conciente de sus necesidades comunes se plantean la posibilidad de resolverlas mediante una forma legal y ordenada.
Este grupo de personas debe establecer claramente los objetivos a cumplir, es decir analizar, ¿Qué se quiere hacer?, ¿Cómo lo van a hacer?, ¿Quiénes lo van a hacer?, etc. y a través de las respuestas a estos interrogantes irán definiendo el tipo de cooperativa a formar, el objeto social, etc.
Cantidad mínima de personas para formar una Cooperativa = 10 Artículo 2°, Inciso 5º, Ley 20.337 Excepción para Cooperativas de Provisión de Servicios Rurales y de Trabajo = 6 Resoluciones 302 y 324 -ex INAC
El acto fundacional de una Cooperativa es la ASAMBLEA CONSTITUTIVA en donde todos los asociados fundadores deciden cuestiones como: (Artículo 7° - Ley 20.337)
El Estatuto debe contener, sin perjuicio de otras disposiciones: (Artículo 8° - Ley 20.337)
1°.- La denominación y el domicilio
2°.- La designación precisa del objeto social
3°.- El valor de las cuotas sociales y el derecho de ingreso si lo hubiera, expresado en moneda argentina
4°.- La organización de la administración y la fiscalización y el régimen de las asambleas
5°.- Las reglas para distribuir los excedentes y soportar las pérdidas
6°.- Las condiciones de ingreso, retiro y exclusión de los asociados
7°.- Las cláusulas necesarias para establecer los derechos y obligaciones de los asociados
8°.- Las cláusulas atinentes a la disolución y liquidación
La presentación ante el I.N.A.E.S. del Acta de la Asamblea Constitutiva se debe realizar siguiendo los lineamientos establecidos por la Resolución N° 974/93 – ex INAC..-
Referencia:
|